Unicaja presenta recuro por una sentencia previa sobre la anulación de una cláusula suelo. El tipo de referencia era el Euribor a un año con un diferencial del 1,30 puntos, con una cláusula suelo del 3.50% (Estipulación Tercera Bis). El interés a aplicar podía ser rebajado mediante bonificaciones por las contrataciones y vinculación de los prestatarios con la entidad de crédito.
Categoría: Claúsulas sueloFecha: 01 de Septiembre de 2020
La Audiencai Provincia desestima el recurso de apelación interpuesto por UNICAJA BANCO SA, contra la sentencia dictada el día 10 de febrero de 2017, por el Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Huelva que se confirma en su integridad .
Las costas de esta instancia se imponen a la parte recurrente
Se acuerda la pérdida del depósito efectuado para recurrir.
Claúsulas suelo
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